BUENOS AIRES, 14 octubre 2011 (UPI) -- La Cámara Tercera Civil y Comercial de Córdoba rechazó una demanda por mala praxis, interpuesta por un hombre que sufrió una serie de secuelas negativas en su salud debido a una fractura mal curada.
Según consignó el Diario Judicial, en la causa se acreditó que el paciente se había retirado el yeso, sin autorización, en al menos tres oportunidades. El Tribunal de Apelaciones, integrado por los magistrados Julio Fontaine, Guillermo Barrera Buteler y Beatriz Mansilla de Mosquera, destacó que según el informe pericial "el actor se sacó el yeso en tres oportunidades, por lo que las secuelas actuales de la fractura se deben atribuir a esta imprudencia del paciente y no a una deficiente atención de los médicos".
En el caso, un hombre que sufrió un accidente de tránsito, ingresó al Hospital de Urgencias, dependiente de la Municipalidad de la ciudad de Córdoba. En este nosocomio, el damnificado fue atendido por una fractura inestable, mediante la colocación de un yeso.
Tiempo después, el hombre comenzó a padecer de secuelas negativas en su salud, pues la fractura no había sanado correctamente. Entonces, interpuso una demanda por daños contra la Municipalidad de Córdoba. El actor denunció que el tratamiento recibido había sido deficiente que los médicos habían omitido diagnosticarle una luxación en el hombro.
Primero, la Cámara cordobesa explicó que "del informe pericial surge que si el yeso es colocado correctamente y no es extraído antes de tiempo, aquél es adecuado para producir la soldadura ósea, aún en presencia de fracturas inestables". Asimismo, el Tribunal Civil y Comercial destacó que el actor se había retirado el yeso en tres oportunidades y que ésta era la verdadera razón de las secuelas que padecía.