jueves, 10 de noviembre de 2011

Conceden en Argentina daño moral para hombre absuelto tras 20 años de juicio

BUENOS AIRES, 10 noviembre 2011 (UPI) -- La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso del Estado Nacional, y confirmó la sentencia de Cámara que había reconocido el derecho de un hombre a ser indemnizado por daño moral.
En el caso, un hombre fue imputado por la comisión del delito de ingresar mercadería a plaza sin el debido control aduanero. La denuncia fue interpuesta en enero de 1976. El proceso penal duró más de veinte años y el acusado acabó siendo sobreseído en 1999. El hombre, tras el sobreseimiento, interpuso una demanda por daños contra el Estado Nacional, alegando que el plazo de duración del proceso penal había sido irrazonable y que esto lo había perjudicado. Reclamó casi diez millones de dólares en concepto de indemnización.

El Alto Tribunal afirmó que "la garantía de no ser sometido a un desmedido proceso penal impone al Estado la obligación de impartir justicia en forma tempestiva" y que "existirá un obrar antijurídico, que comprometa la responsabilidad estatal, cuando se verifique que el plazo empleado por el órgano judicial para poner un final al pleito" es "excesivo o irrazonable".

A su vez, la Corte destacó que "los magistrados que intervinieron en la causa penal incurrieron en una morosidad judicial manifiesta, grave y fuera de los términos corrientes que establecen las normas procesales" y que "la duración del proceso, por más de dos décadas, ha violado ostensiblemente las garantías del plazo razonable y del derecho de defensa" del actor, consignó una nota en el Diario Judicial.