MÉXICO, 9 de enero 2020 (EFE).- Un estudiante de secundaria obtuvo un amparo para no cortarse el cabello después de que le negaran ingresar a la escuela por llevarlo ‘demasiado’ largo en Chihuahua.
“Las autoridades educativas no garantizaron los derechos humanos del estudiante ni velaron por el interés superior del menor, además incurrieron en conductas excluyentes y discriminatorias al condicionar el acceso del alumno al plantel educativo con base en su apariencia física”
Juez Arturo Alberto González
El amparo se logró gracias a que el padre del menor alegó que se discriminaba a su hijo a partir de patrones estéticos, y de estereotipo, debido a eso se tomaron acciones legales.
“Llevar el cabello de cierta manera no aporta ni afecta al aprendizaje y convivencia escolar, y por el contrario la imposición limita el derecho al libre desarrollo de la personalidad”
Juez Arturo Alberto González.
El mismo condenó las acciones de la escuela secundaria ‘Francisca Lozano Olivas’ quienes le negaron el acceso al plantel al joven, por su cabello, privándole de este modo la educación debido a su apariencia física.
“Es inconstitucional la disposición que contiene el reglamento de la escuela secundaria que impone a los alumnos hombres el ‘corte de pelo natural oscuro’, violenta el ejercicio de sus derechos de acceso a la educación y libre desarrollo de la personalidad”
Juez Arturo Alberto González
Esta sentencia puntualizó la facultad de cada persona para elegir su plan de vida y actuar conforme a sus ideales, cuyo único límite es la no afectación de derechos de otros.
Además recalcó que prohibir el ingreso a clases como medida disciplinaria es discriminatorio y atenta contra la dignidad humana, ya que anula o menoscaba derechos y libertades.
Las autoridades educativas no justificaron el porqué los alumnos hombres deben portar cierto tipo de cabello y la relación o impacto que tiene en el proceso de enseñanza aprendizaje.