viernes, 20 de mayo de 2011

Justicia argentina rechaza despido por 'falta de higiene'

BUENOS AIRES, 20 mayo 2011 (UPI) -- La justicia rechazó el despido amparado en la "falta de higiene" de un empleado a cargo de un puesto ambulante de comidas y ordenó se le pague la debida indemnización.

Según consignó el Diario Judicial, la Cámara del Trabajo revocó un fallo de primera instancia y condenó a la parte demandada al pago de las indemnizaciones laborales correspondientes pues juzgó que el despido decidido era injusto. El monto resarcitorio se fijó en poco más de 50.000 pesos con intereses. El Tribunal manifestó que no era ajustado a derecho el despido dispuesto por la empleadora en tanto la falta de higiene del lugar de trabajo y la consecuente baja de la habilitación del local no podían considerarse responsabilidad del trabajador.

Un hombre se desempeñaba en relación de dependencia como vendedor ambulante en un puesto. Había sido contratado para la realización de tareas de venta, aunque en los hechos cumplía diversas funciones. Un día, se efectuó una inspección en el puesto y las autoridades decidieron dar de baja la habilitación concedida por falta de higiene. Seis meses después de producida la baja de la habilitación del puesto la empleadora envió una misiva al trabajador imputándole la responsabilidad por la falta de higiene del comercio y algunos otros hechos. Como correlato de tales acusaciones la empleadora resolvió el despido del trabajador.

El empleado afectado demandó ante la Justicia Laboral a su empleadora y reclamó las indemnizaciones derivadas de la Ley de Contrato de Trabajo. La Cámara agregó que el trabajador "nunca podría responder por la baja de la habilitación del local debido a la falta de higiene, en tanto dicha responsabilidad cae en cabeza del empleador, ya que es quien cuenta con las facultades de organización y dirección para cubrir las necesidades de la empresa, y en definitiva debe cargar con el riesgo empresario".